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¿En Junio lo Digital Te Va a Salir Más Caro?

¿En Junio lo Digital Te Va a Salir Más Caro?

Pixabay

El 1 de junio entra en vigor el IVA para aquellas empresas que presten un servicio digital sin contar con un establecimiento permanente en el país. En el Capítulo 3 Bis de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, llamado “De la prestación de servicios digitales por residentes en el extranjero sin establecimiento en México”, se explica que es para aquellos que proporcionen servicios mediante aplicaciones o contenido en formato digital a través de internet u otra red.

Hay que recordar que el IVA es un impuesto indirecto, puesto que los consumidores lo perciben en el precio del producto consumido y a su vez es la empresa prestadora del servicio quien realiza el pago de dicho impuesto al fisco.

La tasa del 16% con la cual se gravarán los servicios digitales no es un impuesto nuevo, dado que se ha cobrado a lo largo de los años por el consumo de productos y servicios dentro del país; sin embargo, muchos de los prestadores de este tipo de servicios estaban exentos del pago de dicho impuesto, en parte porque la ley es muy antigua y no contemplaba a las tecnologías por no ser herramientas existentes o altamente desarrolladas en su momento.

El país requiere de mayores ingresos y el fisco hace lo necesario para buscar la mayor recaudación de impuestos posible. Con estas medidas se busca gravar a las nuevas tecnologías como se hace con los negocios tradicionales, e igualar las obligaciones tributarias de todo aquel que busque ofrecer u obtener un servicio o producto dentro del territorio nacional.

Para temas legales, ve con O’Farrill & Dingler aquí.

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